

Zamora. El Servicio de Rentas Internas recuerda a la ciudadanía que los contribuyentes podrán rectificar sus declaraciones tributarias.
Cuando estas contengan errores de hecho o de cálculo que no modifiquen el impuesto a pagar o que impliquen diferencias a favor del contribuyente, hasta dentro del año siguiente a la presentación de la declaración original, siempre que con anterioridad no se hubiese establecido y notificado el error de parte de la Administración Tributaria.
Briggitte Patiño, directora provincial del SRI manifestó se aceptarán las correcciones en las declaraciones tributarias en cualquier tiempo solo en el caso que los errores cometidos impliquen un mayor valor a pagar.
Patiño informó además para los casos de errores que hayan sido detectados por la Administración Tributaria, ésta podrá requerir a los contribuyentes la presentación de declaraciones sustitutivas hasta dentro de los seis años de presentada la declaración original.
En todos los casos de rectificaciones a las declaraciones con errores, los contribuyentes tendrán la obligación de proceder a corregir los anexos y la información relacionada según corresponda.

