SRI informó el Uso de Guías de Remisión

Briggith Patino, directora del SRI en Zamora Chinchipe se refirió al nuevo servicio.

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Zamora. Briggitte Patiño, directora provincial del SRI recuerda a los contribuyentes el uso obligatorio de guías de remisión como documento de sustento del traslado de bienes dentro del territorio nacional.

Se entenderá que la guía de remisión acredita el origen lícito de la mercadería, cuando la información consignada en ella sea veraz, se refiera a documentos legítimos, válidos, y los datos expresados en la  misma concuerden con la mercadería que efectivamente se traslade.

Están obligados a emitir guías de remisión toda sociedad o persona natural que traslade mercadería, debiendo emitirlas en especial en los siguientes casos: En la movilización de mercaderías entre establecimientos del mismo contribuyente. El proveedor, cuando el contrato incluya la obligación de entrega de la mercadería en el sitio señalado por el adquirente o acordado por las partes. El adquirente, cuando el contrato determine la entrega de la mercadería en el establecimiento del proveedor. El proveedor o el adquirente, según el caso, en la devolución de mercaderías, ó en la consignación de mercaderías.

Así como también la sociedad o persona natural que traslade mercaderías para su exposición, exhibición o venta en ferias nacionales o internacionales, ó en el traslado para su reparación, mantenimiento u otro proceso especial.

Supletoriamente, la guía de remisión deberá ser emitida por el transportista cuando quien remita la mercadería carezca de establecimiento de emisión en el punto de partida del transporte de las mercancías, así como en el caso que las mercancías sean transportadas por empresas de transporte público regular y no se haya emitido la guía por el remitente de las mercancías.

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