

Zamora. Los contribuyentes que laboran bajo relación de dependencia deben obligatoriamente presentar durante el mes de octubre de cada año.
Cabe recalcar que todos los contribuyentes deben acatar en sus respectivas proyecciones de gastos los siguientes límites: vivienda, alimentación, vestuario y educación, un valor máximo equivalente a 0,325 veces la fracción básica exenta del Impuesto a la renta, es decir hasta 3.159 dólares.
En el caso de gastos de salud: 1,3 veces la fracción básica exenta del Impuesto a la renta es decir hasta 12.636 dólares.
Un nuevo documento de sustento de gastos personales con el cual el empleador debe reliquidar el impuesto a la renta proyectado, y de ser el caso este último procederá a realizar las retenciones correspondientes hasta el final del año.
Briggitte Patiño, directora provincial del SRI mencionó esta presentación los contribuyentes pueden variar los valores registrados en el formulario presentado en el mes de enero, puesto que la información de enero a septiembre estará ya sustentada con información real de los comprobantes de venta, debiéndo proyectarse solamente los meses de octubre a diciembre.
Adujo además la representante del SRI a partir del ejercicio fiscal 2012, y con el fin de establecer el monto máximo de deducibilidad de los gastos personales de conformidad con la ley.

